04-04-2025
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Corte de Apelaciones ordena a Carabineros resolver petición de decaimiento del acto administrativo tras prolongado sumario

La recurrida han contrariado los principios básicos de todo procedimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º de la ley N° 19.880.

El 22 de enero la Corte de Apelaciones de Santiago en causa rol N° 17502-2024 acogió la acción de protección interpuesto en contra resolver la petición de decaimiento del acto administrativo, correspondiente al sumario administrativo N° 09443/2017/1 de 24 de febrero de 2017 de la Dirección Nacional de Carabineros, y de las restantes peticiones del escrito de 2 de julio de 2024, otorgándose un plazo de 60 días.

Cabe tener presente que un ex teniente coronel del escalafón de intendencia de Carabineros interpuso una acción de protección en contra del Director Nacional del Personal de Carabineros, General, por la omisión de conclusión del procedimiento administrativo sancionatorio correspondiente al sumario N° 09443/2017 de la Dirección Nacional del Personal.  El recurrente indica que la actuación de la recurrida es ilegal y arbitraria, ya que mantiene sin resolver por más de siete años un sumario administrativo que condiciona la situación laboral del recurrente, vulnerando con ello el derecho fundamental de igualdad ante la ley que la Constitución Política de la República garantiza en su artículo 19 N° 2, por lo que solicita se ordene al recurrido concluir el procedimiento disciplinario dentro del plazo que el tribunal determine.

La Corte de Apelaciones acogió la acción interpuesta en los términos indicados anteriormente, teniendo en consideración los siguientes hechos: Con fecha 24 de febrero de 2017 la Dirección Nacional de Carabineros, mediante orden N° 09443/2017 dispuso instruir un sumario administrativo en contra del recurrente.  Luego, el 28 de febrero de 2018 se dispuso el retiro temporal del ex teniente coronel de carabineros.  Posteriormente, el 30 de agosto de 2019 se evacuó la Vista Fiscal, la que fue ampliada con fecha 7 de mayo de 2021.  Luego de ello, el 16 de mayo de 2022 se emitió el Dictamen N° 09443/2017, el que fue posteriormente invalidado mediante Resolución Exenta N° 779 de 19 de abril de 2024, retrotrayendo el procedimiento a la etapa previa al dictamen para asegurar el debido proceso de todos los involucrados.

Hace presente que en la actualidad el expediente sumarial se encuentra con el trámite de la Vista Fiscal diligenciado, sin que hasta la fecha se haya emitido un pronunciamiento legítimo por la autoridad dictaminadora. Lo cual a juicio de la Corte resulta evidente el actuar poco diligente del recurrido, al dilatar sin justificación alguna la resolución de las alegaciones formuladas por el actor.

Además, indica que la recurrida han contrariado los principios básicos de todo procedimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º de la ley N° 19.880 y lo contemplado en el artículo 24 de la referida ley, de manera tal que es necesario concluir que el recurrente ha sido discriminado arbitrariamente por la autoridad policial, vulnerándose con ello el derecho a la igualdad ante la ley del funcionario afectado.

Corte de Apelaciones de Santiago

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