La cartera fijó el arriendo en $ 56.704 pesos y estableció en $ 20.125 el arriendo de monitores de pacientes.
El pasado 3 de junio, se publicó en el Diario Oficial la resolución N° 418, que dispone el precio máximo a pagar por el arriendo de ventiladores mecánicos en el contexto del brote de Covid-19 que afecta al país.
El decreto N° 4 del 5 de febrero de este año, dictado por el Ministerio de Salud, permite a la autoridad sanitaria establecer el precio máximo a pagar por determinados productos farmacéuticos, dispositivos médicos, elementos e insumos sanitarios, así como de prestaciones de salud y servicios sanitarios y todos los bienes y servicios necesarios para atender las necesidades sanitarias.
La resolución N° 418 se establece que dichos precios deben considerar precios que descarten cualquier tipo de especulación y que garanticen la transparencia de su financiamiento. En ese sentido, se evaluó la estimación de un precio de arriendo sensibilizado a tasas de retorno Social, Privada y de Mercado.
Considerando lo anterior, el Ministerio de Salud fijó un precio máximo a pagar por el arriendo diario de un ventilador mecánico, cifrándolo en $ 56.704 con IVA incluido, también fijo el precio máximo diario por el arriendo de los monitores de pacientes en $ 20.125 IVA incluido.
Las medidas señaladas en esta resolución tendrán el carácter de indefinidas, pudiendo suspenderse si las condiciones epidemiológicas así lo permiten.