Gobierno ingresa proyecto que crea Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades

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La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados mediante el Boletín Nº 18.341-25 y propone crear un registro administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, incorporando efectos administrativos vinculados a determinadas condenas e infracciones.

El Ejecutivo ingresó el proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades, mediante el Mensaje Nº 064-374, fechado el 1 de junio. La iniciativa ingresó formalmente al Congreso el 12 de junio y comenzó su discusión en la Cámara de Diputados bajo el Boletín Nº 18.341-25.

De acuerdo con el mensaje presidencial, el proyecto se presenta en el contexto de políticas orientadas al resguardo de la seguridad pública, la recuperación de espacios públicos y el fortalecimiento de condiciones de convivencia social. El documento sostiene que determinadas conductas que afectan infraestructura pública, servicios y bienes comunitarios justifican la creación de mecanismos de registro y consecuencias administrativas asociadas.

El proyecto parte de la premisa de que ciertas conductas calificadas como actos vandálicos o incivilidades generan impactos que exceden la sanción penal o contravencional tradicional y pueden producir efectos sobre el uso del espacio público y la convivencia comunitaria. En ese contexto, propone crear un instrumento administrativo que permita registrar determinadas conductas una vez que exista resolución firme en los términos definidos por la propia iniciativa.

El mensaje plantea que el objetivo no consiste únicamente en sancionar hechos específicos, sino también establecer mecanismos institucionales de desincentivo y trazabilidad respecto de determinadas infracciones consideradas especialmente relevantes para el interés público.

La iniciativa contempla la creación de un registro nacional de carácter administrativo cuya administración, custodia y actualización quedarían entregadas al Servicio de Registro Civil e Identificación. El texto regula aspectos relativos al ingreso de antecedentes, contenido de las inscripciones, duración de sus efectos y mecanismos de acceso a la información.

El proyecto diferencia tres grupos normativos relevantes. Primero, regula la organización y funcionamiento del registro y determina quiénes pueden acceder a la información contenida en él.

Segundo, identifica las conductas que permitirían incorporar una inscripción, distinguiendo entre actos vandálicos constitutivos de delito e incivilidades sometidas a distintas competencias jurisdiccionales.

Tercero, establece efectos derivados de la incorporación al registro, junto con reglas sobre permanencia, cancelación e hipótesis de reincidencia.

Uno de los elementos centrales del proyecto consiste en asociar consecuencias administrativas a la incorporación en el registro.

Entre las medidas consideradas aparecen restricciones temporales para acceder a determinados beneficios estatales, subsidios, becas, fondos concursables y otros instrumentos financiados con recursos fiscales. También contempla reglas especiales respecto de ciertos permisos administrativos y efectos específicos en situaciones calificadas por el proyecto como de mayor gravedad o reincidencia.

Boletín 18.341-25

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