Entró en vigencia una nueva norma de emisión de olores para plantas de harina y aceite de pescado y establecimientos dedicados a la elaboración de alimento para peces. La regulación establece límites y obligaciones operacionales para disminuir el impacto de estas instalaciones sobre las comunidades cercanas.
La medida se aplicará a 32 fuentes emisoras existentes en distintas regiones del país. De acuerdo con el Ministerio del Medio Ambiente, su implementación beneficiaría a cerca de 138 mil personas expuestas a las emanaciones generadas por este tipo de establecimientos.
Las plantas actualmente en operación deberán reducir en un 70% sus emisiones de olor dentro de un plazo de cuatro años. El cálculo considerará la situación inicial de cada instalación, utilizando como referencia el primer año de vigencia de la regulación.
Las empresas deberán incorporar o perfeccionar tecnologías de abatimiento, además de implementar mecanismos de monitoreo y reporte que permitan acreditar el cumplimiento de los estándares. Las mejoras realizadas con anterioridad podrán ser reconocidas, siempre que cuenten con respaldo técnico suficiente.
Las nuevas instalaciones, en tanto, deberán cumplir límites de emisión más estrictos desde el inicio de sus operaciones. La regulación también incorpora exigencias de gestión destinadas a prevenir episodios de olor y mejorar el control de los procesos productivos.
La fiscalización estará a cargo de la Superintendencia del Medio Ambiente. Los incumplimientos podrán ser sancionados con amonestaciones, multas de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales, clausura temporal o definitiva e incluso la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental.






