Realizar un nuevo cerco representa una manifestación autotutelar que no resulta aceptable en el marco de un Estado de Derecho, y por tanto, es ilegal y arbitraria.
Corte Suprema señaló que el ministerio al conocer del error ocurrido en SAE no solucionó el problema trasgrediendo los principios de celeridad, conclusivo y de economía procedimental.
El actuar del Colegio pretendió asegurar el cumplimiento y realización del proyecto de la comunidad, buscando resguardar la integridad psíquica y física de los demás alumnos y docentes.
El Fondo se extinguirá de pleno derecho el 31 de diciembre de 2026 y, antes de esa fecha, por el completo agotamiento de los recursos indicados en el artículo 1 de la ley N° 21.681.