El objetivo es asesorar al Presidente de la República sobre la planificación de dicha materia en el país, junto con elaborar un Plan de Infraestructura Pública de Largo Plazo.
Corte Suprema estimó que el Registro Civil junto con desconocer la filiación del recurrente, desestimó los derechos que la normativa vigente otorga a los solicitantes.
La profunda deficiencia de conocimientos relacionados con la de medicina interna y cuidados críticos, llevó a que los servicios de la recurrente ya no resultaran necesarios.
El legislador ha dispuesto expresamente procedimientos legales de lato conocimiento destinados a esclarecerlos, tales como aquellos que se establece en la Ley N° 20.009.