02-05-2024
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Buscan que cargos públicos tengan como requisito no haber sido condenados por delitos de carácter sexual

El proyecto pretende evitar este tipo de conductas abusivas e inmorales en los cargos de impoartantes autoridades.

El 1 de junio ingresó al Senado el Boletín N° 15.031-06, proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, para establecer como requisito de ingreso a la Administración del Estado el no haber sido condenado por delitos de connotación sexual, e incorporar dicha causal entre los motivos de cesación en el cargo.

Con esto, se busca evitar este tipo de conductas abusivas e inmorales, puesto que atentan contra la institucionalidad que representa determinada autoridad, transgrede el oportuno cumplimiento de sus deberes y, por cierto, contraviene la promoción del ejemplo individual y la responsabilidad pública en su más amplio sentido del término

Así, el proyecto plantea modificaciones a la Constitución Política de la República y señala que quienes hayan sido condenados por algún delito sexual no puede ser candidato a Presidente de la República, ni candidato a diputado, ni candidato a senador, ni jueces.

De igual manera, la propuesta establece que en casos en que fueran condenados por algún delito sexual, incluido el acoso sexual, en el ejercicio de su cargo, deberán ser cesados el Presidente de la República, diputados y senadores, jueces, el fiscal nacional y los fiscales regionales, los miembros del Tribunal Constitucional.

Lo mismo ocurrirá con el Contralor General de la República, los Comandantes el Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, y el General Director de Carabineros e Investigaciones, el Gobernador Regional, los consejeros regionales, y el Alcalde o concejal

Este proyecto de ley fue iniciado en moción por los senadores Felipe Kast, Loreto Carvajal, Paulina Núñez y Yasna Provoste.

Boletín N° 15.031-06

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