13-05-2025
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Corte Suprema ordena habilitar pago de multa migratoria y deja sin efecto orden de abandono contra ciudadana haitiana

La resolución impugnada constituye una amenaza a la libertad personal de la amparada.

La Corte Suprema, en causa rol N° 10.653-2025, con fecha 14 de abril, confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que acogió un recurso de amparo presentado en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Como consecuencia, se dejó sin efecto la Resolución Exenta N° 24105683 de 7 de marzo de 2024, dictada por dicho servicio. Asimismo, se ordenó al organismo habilitar el botón de pago en su sitio web para permitir el cumplimiento de la sanción pecuniaria correspondiente, otorgando un plazo no inferior a sesenta días hábiles. Con posterioridad al pago, el Servicio deberá dictar la resolución que en derecho corresponda.

El recurso fue interpuesto por una ciudadana de nacionalidad haitiana, quien impugnó la resolución mencionada, la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono del país, argumentando que no había pagado la multa correspondiente por residencia irregular. La amparada alegó que esta resolución vulneraba su libertad personal, ya que no se le comunicó adecuadamente que las multas pagadas previamente estaban mal calculadas, lo que tornaría ilegal la orden de abandono.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el amparo, señalando que el Servicio Nacional de Migraciones no consideró la barrera idiomática de la peticionaria, ni tampoco tomó en cuenta que para pagar la multa era necesario contar con acceso a medios tecnológicos adecuados, ya que el procedimiento se realiza a través de la plataforma electrónica del Servicio.

En ese sentido, el tribunal sostuvo que la resolución impugnada constituye una amenaza a la libertad personal de la amparada, ya que, de no cumplir voluntariamente con la orden de abandono, la autoridad migratoria podría disponer su expulsión del país, conforme al artículo 127 N° 3 de la Ley N° 21.325.

La decisión de la Corte de Apelaciones fue apelada por el Servicio Nacional de Migraciones, pero finalmente fue confirmada por la Corte Suprema.

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