29-03-2024
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Corte Suprema ordenó al Conservador inscribir los documentos que justifican el incremento de superficie

Conservador realizó una errada interpretación del artículo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces.

El pasado 22 de febrero la Cuarta Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 21.986-2021 acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia de 21 de enero de 2021 dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que invalidó y dictó una en su reemplazo, en virtud de la cual revocó la sentencia que no hizo lugar al reclamo deducido en representación de la Inmobiliaria Kaufmann S.A., dando lugar a la reclamación y ordenando al Conservador de Bienes Raíces de Santiago proceder a archivar la Resolución D.O.M N° 80 de 10 de febrero de 2016 y el plano de modificación de deslindes S6848 aprobado por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Vitacura, y anotar dicha modificación al margen de la inscripción de dominio de fojas 3834 N° 6126, del Registro de Propiedad correspondiente al año 2009.

Cabe tener presente que se había solicitado al Conservador de Bienes Raíces de Santiago archivar la resolución D.O.M. Nº 80 emitida por la Municipalidad de Vitacura, junto con el respectivo plano de modificación de deslindes, y anotar dicha modificación al margen de la inscripción de dominio del inmueble del solicitante y el Conservador negó la inscripción. Dicha negativa fue reclamada judicialmente y el tribunal de primera instancia desestimó la solicitud.  En contra de esa decisión, el solicitante impugnó ante la Corte de Apelaciones y dicho tribunal se limitó a confirmar la sentencia de primera instancia. En contra de este último fallo, el solicitante interpuso recurso de casación en el fondo acusando la infracción de los artículos 13 y 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, con relación al artículo 3 de la Ley N° 19.880, y 67 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil.

La Corte Suprema consideró que al Conservador no puede exigir a la solicitante acreditar las circunstancias que justificaban el aumento de la superficie del inmueble y el cambio o modificación de sus deslindes, exigiéndole comprobar el cumplimiento a los supuestos de hecho e hipótesis, contempladas en el Código Civil, para adquirir terrenos mediante el modo de adquirir el dominio por accesión, pues ello no solamente excedía la esfera de competencias entregada por el Reglamento respectivo, al no responder a un defecto que apareciera de manifiesto de los títulos (planos) cuyo archivo y subinscripción se solicitaba, ni tampoco ser esa exigencia una que revelara la existencia de un vicio que pudiera dar lugar a una declaración judicial de su nulidad absoluta.

Corte Suprema rol N° 21.986-2021. Sentencia de casación

 Corte Suprema rol N° 21.986-2021. Sentencia de reemplazo

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