13-10-2024
HomeJurisprudenciaCorte Suprema rechazó demanda de precario, toda vez la ocupación mantenida por el demandando no era desconocida, descartándose la mera tolerancia o ignorancia del demandante

Corte Suprema rechazó demanda de precario, toda vez la ocupación mantenida por el demandando no era desconocida, descartándose la mera tolerancia o ignorancia del demandante

No se encuadra dentro de la hipótesis de ausencia absoluta de nexo jurídico entre quien tiene u ocupa la cosa y la cosa misma o su dueño.

El 05 de septiembre la Corte Suprema en causa rol N° 199.257-2023 acogió el recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la que se invalida, y en sentencia de reemplazo, revocó la sentencia dictada por el Juzgado de Letras de Tocopilla, rechazando la demanda de precario.

En primera instancia se interpuso una demanda de precario, la cual fue acogida, ordenando al demandando hacer restitución del inmueble.  Dicha decisión fue objeto de un recurso de apelación por la parte demandada, y una sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta la confirmó.

Contra este último pronunciamiento la demandada dedujo un recurso de casación en el fondo, denunciando infracción de los artículos 700, 728 y 2195 inciso 2 del Código Civil.

La Corte Suprema acogió al recurso de casación interpuesto, recordando que para que exista precario es necesaria la concurrencia de los siguientes requisitos copulativos: a) que el demandante sea dueño de la cosa cuya restitución solicita; b) que el demandado ocupe ese bien; y c) que tal ocupación sea sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño.

En el caso en concreto, el título que invoca la demandada como justificación de la tenencia, es un hecho de la causa que el inmueble objeto del precario ha sido ocupado por la demandada desde largo tiempo y que el demandante, por medio de los documentos privados acompañados a la causa, permitió la ocupación del demandado.

En tales condiciones, no se encuadra dentro de la hipótesis de ausencia absoluta de nexo jurídico entre quien tiene u ocupa la cosa y la cosa misma o su dueño. Muy por el contrario, la tenencia del inmueble se justifica precisamente en la decisión del demandante en autorizar al demandado a ocupar el inmueble, por lo que no cabe duda que constituye un título de ocupación del mismo que desvirtúa el fundamento de la demanda.

Corte Suprema rol N° 199.257-2023. Sentencia casación

Corte Suprema rol N° 199.257-2023. Sentencia reemplazo

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