28-03-2024
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Dictamen de la SUSESO califica los accidentes que podrían sufrir trabajadores durante el sufragio en el Plebiscito

Señala que si un trabajador se desvía de su obligación de votar, y sufre un accidente, éste no será laboral.

El pasado 02 de septiembre, la Superintendencia de Seguridad Social publicó el Dictamen Nº 3.586-2022, en el que realiza una calificación de accidentes que puedan sufrir los trabajadores en el marco de su obligación de sufragar en el Plebiscito Constitucional.

Así, la SUSESO impartió una serie de instrucciones. La primera es que respecto de aquellos casos en que un trabajador en el trayecto de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo, realice una desviación o interrupción para acudir a su lugar de votación, dicha situación no impedirá calificar el accidente que pudiera sufrir como un accidente de trabajo en el trayecto.

Por otro lado, señala que en cuanto a aquellos trabajadores que, encontrándose en su lugar de trabajo, acudan a su lugar de votación y sufran un accidente producto de tal circunstancia, dicho accidente podrá calificarse como un accidente con ocasión de trabajo.

SUSESO Dictamen Nº 3.586-2022

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