17-05-2024
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Ejecutivo busca establecer reglas especiales tratándose de la alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios

Tiene como objeto hacerse cargo del incremento sostenido de la población que ingresa a los establecimientos penitenciarios.

El 19 de junio ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 16.037-07, proyecto de ley iniciado por el Presidente de la República que establece reglas especiales tratándose de la alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios y modifica otros cuerpos legales.

El presente proyecto de ley tiene como objeto hacerse cargo del incremento sostenido de la población que ingresa a los establecimientos penitenciarios, ya sea para cumplir la medida de prisión preventiva o una condena penal y, a la vez, dar solución al hacinamiento y la falta de plazas disponibles en los recintos penales, y que disponga, de manera temporal, reglas especiales en materia de urbanismo y construcción que faciliten la alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios ya existentes. Asimismo, la presente iniciativa pretende contribuir al combate contra la delincuencia organizada mediante la consagración en la ley orgánica de Gendarmería de Chile de la atribución para “Asesorar, controlar y coordinar las 7 acciones relativas a la persecución y prevención del surgimiento y operación de organizaciones delictivas o criminales”.

De esta manera, el proyecto de ley permite al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a solicitud del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modificar los planes reguladores a que refiere el decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, que aprueba la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones; mediante decreto supremo de aquella Cartera, con el objeto de permitir la alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios, en caso de existir infraestructura de este tipo ubicada en terrenos cuyo uso no se conformare con los instrumentos de planificación territorial actualmente vigentes.

Asimismo, el proyecto de ley introduce cambios en el artículo 62 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones, referente al congelamiento de terrenos. Por otro lado, incorpora una función en la ley orgánica de Gendarmería de Chile, a ser cumplida por la Subdirección Operativa de dicho servicio.

Por último, y en lo que respecta a las disposiciones transitorias, el proyecto de ley contempla una norma destinada a limitar a 48 meses la vigencia del artículo 1° de la ley; otra relativa a la obligación de dar inicio a las obras de alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios existentes, a que den lugar la aplicación del mencionado artículo 1° en el término de 6 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del respectivo decreto supremo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Boletín Nº 16037-07

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