El Decreto Nº 1.156, publicado hoy en el Diario Oficial, fija el ingreso mínimo mensual en $539.000 a contar de enero de 2026 y establece los nuevos tramos de asignación familiar y maternal que regirán desde esa fecha.
Desde el 1 de enero de 2026 comenzarán a regir nuevos tramos de ingresos mensuales para acceder a la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares. Así lo establece el Decreto Nº 1.156, de 20 de octubre de 2025, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 2025, que actualiza los montos previstos en el artículo 1 de la Ley Nº 18.987. El ajuste se vincula directamente al aumento del ingreso mínimo mensual dispuesto por la Ley Nº 21.751.
La modificación responde a un mandato legal expreso. El artículo 5 de la Ley Nº 21.751 ordena que, a contar del 1 de enero de 2026, los tramos de ingresos establecidos para la asignación familiar se incrementen en la misma proporción que el ingreso mínimo mensual. Dicha ley fijó el ingreso mínimo en $529.000 desde mayo de 2025 y determinó su aumento a $539.000 a partir de enero de 2026. Sobre esa base, el decreto calcula un factor de reajuste equivalente a 1,018904, que sirve de parámetro para redefinir los tramos aplicables a los beneficiarios.
El decreto establece que el primer tramo beneficiará a quienes tengan ingresos mensuales que no excedan de $631.976. El segundo tramo comprenderá a quienes perciban ingresos superiores a ese monto y hasta $923.067. El tercer tramo se aplicará a ingresos que superen los $923.067 y no excedan de $1.439.668. Finalmente, se dispone que las personas con ingresos mensuales superiores a $1.439.668 no tendrán derecho a las asignaciones familiares o maternales reguladas en la Ley Nº 18.987.