18-04-2024
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Iniciativa fija normas generales para conceder indultos particulares

Luego de conocerse de manera pública la resolución del Presidente de la República respecto de la nómina de concesión de indultos particulares.

El 04 de enero ingresó al Senado el Boletín Nº 15.635-07, proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.050 y que fija normas generales para conceder indultos particulares, en cuanto a la procedencia de esta atribución presidencial.

Así, el proyecto de ley establece que toda persona que se encuentre condenada y con una enfermedad terminal debidamente acreditada, podrá solicitar al Presidente de la República que le otorgue la gracia del indulto, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley y en su reglamento.

Cabe tener presente que el indulto particular es una causal de extinción de responsabilidad penal contemplada en la Constitución Política de la República y en el Código Penal, por la que el presidente de la República remite total o parcialmente un delito o conmuta una pena, sin eliminar el carácter de condenado. El indulto afecta a la pena y no el delito.

Boletín Nº 15.635-07

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