09-02-2026
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La respuesta genérica sobre robo y subrogancia no vulneró el secreto sumarial por parte del Alcalde

La Corte Suprema confirmó que informar en concejo municipal la existencia de una subrogancia directiva, sin identificar personas ni cargos, no vulnera la honra ni el secreto del sumario administrativo.

La Corte Suprema confirmó, el 27 de enero en causa rol 38.737-2025, el rechazo de un recurso de protección interpuesto contra el alcalde de la Municipalidad de Quinta de Tilcoco, por la difusión en sesión de concejo municipal de información vinculada a la subrogancia en la dirección de un establecimiento educacional. El máximo tribunal respaldó lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones de Rancagua, en sentencia de 28 de agosto de 2025, descartando vulneración del derecho a la honra y a la vida privada.

El conflicto se originó cuando la directora titular de un colegio municipal fue suspendida preventivamente de sus funciones en el marco de un sumario administrativo, iniciado tras un robo ocurrido en el establecimiento. En una sesión del concejo municipal de 4 de marzo de 2025, transmitida por plataformas digitales institucionales, el alcalde informó —a raíz de una consulta de un concejal— que la dirección del colegio estaba siendo subrogada mientras se desarrollaba el proceso administrativo. La recurrente alegó que dicha referencia hizo pública su suspensión, pese al carácter secreto del sumario.

La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó la acción constitucional, razonando que el artículo 135 de la Ley 18.883 establece el secreto del sumario respecto de su contenido, pero no impide informar generalidades de gestión cuando no se identifica al inculpado ni se entregan antecedentes específicos del procedimiento.

El fallo sostuvo que no existió mención nominal, imputación concreta ni divulgación del estado del sumario, sino una explicación genérica sobre la subrogancia directiva, vinculada a la continuidad del servicio educativo.

Añadió que la información fue otorgada por el alcalde en el contexto de una consulta por parte de un concejal, respecto del estado de la escuela afectada, a propósito de un robo sufrido en dicho establecimiento.

Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la confirmó. La Corte Suprema.

Corte Suprema Rol N° 38.737-2025
Corte de Apelaciones

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