Ley Nº 21.830 reajusta el ingreso mínimo mensual

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La normativa incrementó los montos del ingreso mínimo mensual vigentes desde mayo de 2026, actualizó los valores de la asignación familiar, maternal y del subsidio familiar, e incorporó un mecanismo de reajuste vinculado a la variación del IPC para el año 2027.

El 22 de junio se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.830 que reajustó el monto del ingreso mínimo mensual y actualizó los valores de la asignación familiar y maternal, así como del subsidio familiar. La normativa establece nuevos montos aplicables desde el 1 de mayo del presente año y fija un mecanismo de reajuste automático para comienzos de 2027.

En materia de ingreso mínimo, la ley elevó a $553.553 el monto aplicable a trabajadores mayores de 18 y menores de 65 años. Asimismo, fijó en $412.938 el ingreso mínimo para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años, mientras que el ingreso mínimo para fines no remuneracionales quedó establecido en $356.815.

La regulación también modificó los tramos y montos contemplados en la legislación sobre asignación familiar y maternal, ajustando los límites de ingresos y los beneficios asociados. En paralelo, actualizó el subsidio familiar para personas de escasos recursos, incrementando el valor de referencia utilizado para su determinación.

La ley incorporó una cláusula de reajuste indexado para 2027. En efecto, dispuso que, a contar del 1 de enero de 2027, el ingreso mínimo mensual para trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años se reajustará conforme a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre mayo y diciembre de 2026. Del mismo modo, el reajuste se proyectará proporcionalmente sobre los demás montos y tramos regulados por la propia ley, debiendo dictarse un decreto supremo que formalice los valores resultantes a más tardar el 15 de enero de 2027.

Finalmente, el texto legal estableció que, a más tardar en junio de 2027, el Presidente de la República deberá ingresar un nuevo proyecto de ley destinado a proponer otro reajuste del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar, con el objeto de que entre en vigencia desde el 1 de julio de 2027.

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