25-04-2024
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Ley suspende las evaluaciones de los profesionales de la educación durante el año 2022

Los profesionales de la educación podrán suspender la rendición de los instrumentos del Sistema Nacional de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente.

El 15 de noviembre el Diario Oficial publicó la Ley Nº 21.506 del Ministerio de Educación, la cual suspende las evaluaciones de los profesionales de la educación durante el año 2022 y modifica las normas que indica.

La normativa faculta a los profesionales de la educación para suspender la rendición de los instrumentos del Sistema Nacional de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente, previstos en el artículo 19 K del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, del Ministerio de Educación que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.700 que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican, en caso que les correspondiere rendirlos el año 2022.

Para aquello, la ley establece que los mencionados profesionales deberán presentar una solicitud al sostenedor respectivo, obligado a dar curso a la misma. Respecto de aquellos profesionales de la educación que hubieran presentado una solicitud de suspensión antes de la publicación de la presente ley ante su sostenedor, ésta operará con pleno derecho, independiente cual sea el motivo invocado, su estado de tramitación o la respuesta que se hubiera dado a la misma.

Además, suspende la rendición de la evaluación de desempeño profesional establecida en el artículo 70 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070 que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican, para los profesionales de la educación que les corresponda ser evaluados el año 2022.

En ambos casos, los profesionales de la educación a quienes les hubiere correspondido rendir durante el año 2022 los instrumentos señalados anteriormente, y que no los hayan rendido deberán hacerlo el año 2023.

Finalmente, durante los años 2022 y 2023, la Subsecretaría de Educación, previa coordinación entre el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas y la Agencia de Calidad de la Educación, podrá dictar una o más resoluciones que contengan las medidas necesarias para la correcta aplicación de lo establecido en esta ley.

Ley Nº 21.506

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