Ministerio de Hacienda determina monto del sueldo mínimo para menores de 18 años y mayores de 65 años

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Además, estableció el monto de los subsidios de asignación familiar y maternal.

El 26 de julio el Diario Oficial publicó el Decreto Nº 1.089 del Ministerio de Hacienda, que determina a partir del 1 de agosto de 2022 el Ingreso Mínimo Mensual para los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, el Ingreso Mínimo Mensual para efectos no remuneracionales, asignación familiar y maternal, y subsidio familiar que indica.

De esta manera, y según lo que establece la ley 21.456, a partir del 1 de agosto de 2022, los valores del Ingreso Mínimo Mensual para los trabajadores menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad será de $298.391.

Mientras que el Ingreso Mínimo Mensual para efectos no remuneracionales será de $257.836.

De la misma forma, se determina que a partir del 1 de agosto de 2022, los tramos y montos de la asignación familiar y maternal serán los siguientes:

  1. De $16.418 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $419.414.
  2. De $10.075 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $419.414 y no exceda de $612.598.
  3. De $3.184 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $612.598 y no exceda de $955.444.
  4. Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $955.444, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este resuelvo.

Finalmente, el decreto establece que, a partir del 1 de agosto de 2022, el monto del subsidio familiar será de $16.418.

Cabe recordar que según lo que establece la ley 21.456, a contar del 1 de agosto de 2022, elévase a $400.000 el Ingreso Mínimo Mensual para los trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad; y que los montos del Ingreso Mínimo Mensual para los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, el Ingreso Mínimo Mensual para efectos no remuneraciones, asignación familiar y maternal, y subsidio familiar se elevarán en la misma proporción en que se aumente el monto del Ingreso Mínimo Mensual.

Decreto Nº 1.089 del Ministerio de Hacienda

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