14-10-2024
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No le corresponde a la Contraloría pronunciarse sobre las decisiones de la SUSESO

La SUSESO tiene la atribución exclusiva y excluyente de ejercer la supervigilancia y fiscalización de los regímenes de seguridad social y de protección social.

El pasado 13 de mayo la Contraloría General de la República emitió el Dictamen N° E487062, en virtual del cual concluyó no le corresponde a la Contraloría pronunciarse sobre las decisiones adoptadas por la Superintendencia de Seguridad Social en materias que son de su exclusiva competencia.

Cabe tener presente la titular el beneficio de reeducación profesional que contempla la letra e) del artículo 29 de la ley N° 16.744, solicita la reconsideración del dictamen N° 31.427, de 2018, que determinó, en lo que interesa, que a esta Entidad Contralora no le corresponde pronunciarse respecto de la concesión de los beneficios de atención dental, gastos de traslado y compra de artículos de estudios requeridos por la interesada, dado que las decisiones adoptadas por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) se enmarcan dentro de las atribuciones que le son propias.

Al respecto, la Contraloría señaló que no procedía reconsiderar lo concluido en el dictamen N° 31.427, de 2018, toda vez que a esta Contraloría General no le corresponde pronunciarse respecto de las decisiones adoptadas por ese organismo, las que, por lo demás, se enmarcan en las atribuciones que le son propias.

Advirtió que la SUSESO tiene la atribución exclusiva y excluyente de ejercer la supervigilancia y fiscalización de los regímenes de seguridad social y de protección social que rige, entre otros, la ley N° 16.744, habiéndose pronunciado respecto de la situación reclamada.

Dictamen N° E487062

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