La nueva normativa publicada este 28 de mayo extiende de 6 a 18 meses el plazo para presentar estudios de seguridad y prorroga la vigencia de autorizaciones del personal de seguridad privada.
Este 28 de mayo se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.825, aumenta el plazo de presentación y pronunciamiento sobre los estudios de seguridad que dispone, y extiende la prórroga de vigencia de la última autorización del personal de seguridad privada que indica.
La reforma extiende desde seis a dieciocho meses el plazo para presentar los estudios de seguridad exigidos por la normativa, desplazando la fecha límite originalmente fijada para el 28 de mayo de 2026 hasta el 28 de mayo de 2027. La ley también prorroga por el mismo período la vigencia de la última autorización otorgada al personal de seguridad privada.
Junto con ampliar los plazos, el legislador incorporó una obligación temporal para la Subsecretaría de Prevención del Delito, que deberá pronunciarse sobre estos estudios de seguridad dentro de un máximo de noventa días hábiles. El cambio busca evitar retrasos administrativos que puedan afectar la continuidad operacional de las entidades reguladas.






