06-05-2024
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Nuevo reglamento de premios por la obtención de logros deportivos

El presente decreto supremo comenzará a regir a contar de la fecha de dictación de la resolución complementaria.

El 03 de octubre el Diario Oficial publicó el decreto Nº 26 del Ministerio del Deporte, que aprueba el nuevo reglamento de premios por la obtención de logros deportivos.

El presente reglamento establece el procedimiento y los requisitos para la entrega de premios en dinero a deportistas que obtengan logros deportivos, de acuerdo con lo dispuesto en este cuerpo normativo y su resolución complementaria.

Los logros deportivos considerados en el presente reglamento y su resolución complementaria corresponderán única y exclusivamente a aquellos obtenidos en categoría absoluta o todo competidor y en categoría juvenil, no siendo aplicable a logros correspondientes a la categoría de deporte máster según la reglamentación de cada federación internacional deportiva.

Por otro lado, el reglamento establece que la resolución complementaria de logros deportivos y sus premios, es el acto administrativo expedido por el Ministerio del Deporte, en el que se establecerán los logros deportivos, sus requisitos, los montos en dinero asignados a cada uno de ellos y la regulación de toda otra materia dispuesta por este reglamento.

En este contexto, se encontrarán habilitados para postular al premio por logro deportivo los deportistas convencionales o paralímpicos que hayan obtenido alguno de los logros establecidos en la resolución complementaria vigente al momento de su obtención. La postulación del logro se realizará a través de la plataforma electrónica de la Unidad, especialmente dispuesta para estos efectos, la cual sólo validará las postulaciones que cumplan con todos los requisitos establecidos en el presente reglamento y su resolución complementaria.

Así, para postular al otorgamiento de premios por logros deportivos el deportista deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1) Ser chileno o extranjero habilitado, según la regulación de la federación internacional respectiva, para representar a Chile en los eventos deportivos internacionales.

2) Haber obtenido al menos uno de los logros deportivos dispuestos en la resolución complementaria vigente.

3) Ser deportista federado.

El plazo de postulación al premio por logro deportivo será de sesenta días corridos, contados desde la fecha de obtención del logro o de la fecha de la decisión oficial que, con posterioridad a la competición, reconozca el logro del deportista, conforme a las reglas de estas competiciones. Transcurrido este plazo el deportista perderá el derecho a postular al premio invocando dicho logro.

Respecto por los premios deportivos, el reglamento sostiene que consistirán en una suma de dinero, cuyo monto será establecido en la resolución complementaria, de acuerdo al tipo de logro obtenido, debiendo reajustarse en el mes de enero de cada año conforme a la variación del índice de precios del consumidor (IPC), o del indicador que lo reemplace durante el año inmediatamente anterior.

Finalmente, el presente decreto supremo comenzará a regir a contar de la fecha de dictación de la resolución complementaria.

Decreto Nº 26

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