26-04-2024
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Pago de asignación de responsabilidad superior

Funcionarios a contrata que desempeñan funciones directivas en virtud de la autorización entregada por las leyes de presupuesto, pueden acceder al pago de la asignación.

El pasado 15 de diciembre la Contraloría General de la República mediante el dictamen E165474N21 concluyó que los funcionarios a contrata que desempeñan funciones directivas en virtud de la autorización entregada por las leyes de presupuesto, pueden acceder al pago de la asignación de responsabilidad superior, en la medida que hayan sido efectivamente designados en empleos a contrata grado 4° o superior de la E.U.S., y asimilados a la planta directiva del respectivo servicio, por lo que dicha asignación no corresponde respecto de quienes se encuentren asimilados a la planta profesional.

La Subsecretaría del Trabajo solicitó un pronunciamiento sobre la procedencia de conceder la asignación de responsabilidad superior establecida en el artículo 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977, para los funcionarios a contrata del estamento profesional, asimilados al grado 4° o superior de la E.U.S., que desempeñan funciones propias de jefe de departamento en virtud de una encomendación de funciones directivas, aun cuando no hayan sido contratados.

Al respecto, el artículo 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977, en lo que importa estableció una asignación de responsabilidad superior, equivalente al 40% del sueldo base, a la que tendrán derecho los funcionarios regidos por la escala única de remuneraciones del decreto ley N° 249, de 1973, que ocupen cargos de autoridades de gobierno; jefes superiores de servicios y directivos superiores, y que sean empleados de exclusiva confianza del Presidente de la República.

La jurisprudencia de la Contraloría General de la República ha señalado que los funcionarios a contrata que desempeñan funciones directivas en virtud de la autorización entregada por las leyes de presupuesto, pueden acceder al pago de la asignación de responsabilidad superior en la medida que hayan sido efectivamente designados en empleos a contrata grado 4° o superior de la E.U.S., y asimilados a la planta directiva del respectivo servicio.

Dictamen E165474N21

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