24-04-2024
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Pago de las subvenciones debido al Covid-19

La ley establece normas para determinar el factor de asistencia para el cálculo del pago de las subvenciones.

El 15 de diciembre se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.294, que establece normas excepcionales para el pago de las subvenciones educacionales debido al Covid-19.

La ley permite la utilización durante toda la alerta sanitaria de la glosa presupuestaria de la ley N° 21.192, que establece el presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2020.

Los establecimientos educacionales regidos por el Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1998, que a partir del 1 de julio de 2020 hubiesen retornado a clases presenciales y cumplido con su obligación de declarar asistencia efectiva, se considerará que la asistencia media mensual a partir de la fecha de retorno a clases presenciales y hasta el cierre del año escolar es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de dicho período y el promedio de las asistencias medias declaradas por el establecimiento educacional durante los meses de marzo, abril y mayo de 2019.

En el caso de los establecimientos educacionales que tengan derecho a percibir la subvención por servicio de internado, se considerará que la asistencia mensual a partir del 1 de marzo de 2020 y hasta el cierre del año escolar es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de dicho período y el promedio de las asistencias medias declaradas por el establecimiento educacional durante los meses de marzo, abril y mayo de 2019.

Los establecimientos educacionales que debido a la pandemia por Covid-19 estuvieron imposibilitados de iniciar el año escolar 2020 y que tengan al día las cotizaciones previsionales del personal y que no estén percibiendo ingresos por subvenciones se considerará que la asistencia media mensual a partir del 1 de julio de 2020 es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva declarada a partir de la fecha de su retorno a clases presenciales y el promedio de las asistencias medias declaradas por el establecimiento educacional durante los meses de marzo, abril y mayo de 2019.

Ley N° 21.294

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