03-12-2024
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Plan de funcionamiento de los establecimientos educacionales para el año 2021

El 22 de diciembre de 2020 la Superintendencia de Educación emitió el ordinario N° 1.602 referido a los planes que deben presentar los establecimientos educacionales para funcionar durante el año 2021 e instruye la aplicación de los Dictámenes N° 54 y N° 55, para el año 2021, en las condiciones que indica.

Por medio del dictamen N° 54 de la Superintendencia de Educación del 24 de abril del 2020 se regula la inversión excepcional durante el año escolar 2020, de la Subvención Escolar Preferencial en el financiamiento de las medidas complementarias de sanitización, de prevención de contagios y de ventilación o purificación de aire en establecimientos educacionales del país, a efectos de cumplir con las instrucciones y protocolos que disponga la autoridad sanitaria, en el marco de la crisis de salud pública producida por el brote de Covid-19. A su vez el dictamen N° 55 del mismo organismo del 29 de julio de 2020 se refirió a la inversión excepcional de la Subvención Escolar Preferencial, en el financiamiento de medidas necesarias para implementar clases en línea y otras estrategias pedagógicas que permitan la educación a distancia, en el marco de la crisis de salud pública producida por el brote de Covid-19.

Atendida las condiciones sanitarias que vive el país la Superintendencia prorrogó las medidas dispuestas en los dictámenes antes mencionado para el año 2021 en la medida que se mantengan las condiciones sanitarias.

Recalcó que el plan de funcionamiento debe ser ágil y conocido por todos los miembros de la comunidad escolar para adaptarse a cambios en las condiciones y medidas sanitaria que adopte la autoridad sanitaria, el que deberá ser entregado por el Ministerio de Educación por todos los establecimientos educacionales. La no entrega del mismo, es causal de infracción a la normativa educacional y, por tanto, fiscalizado por la Superintendencia de Educación.

Ordinario N° 1.602

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