27-04-2024
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Plantean que ENAP pueda participar de la distribución minorista de combustible

Se busca que la estatal entre al mercado de distribución del petróleo en Chile, concentrado hoy en día en 3 empresas.

El pasado 18 de julio, ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 15.206-08, proyecto de ley que modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1986, del Ministerio de Minería, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 9.618, que crea la Empresa Nacional del Petróleo, para autorizar su participación en la distribución minorista de combustibles líquidos.

Con esto, se busca permitir que ENAP pueda ingresar a la distribución minorista de combustibles líquidos, incorporándose como un cuarto gran actor a este mercado concentrado en más de un 60% por una sola empresa (Copec) y más de un 25% por otra (Shell) lo que hace que más del 85% del mercado de la distribución minorista de combustibles líquidos esté capturada por sólo dos empresas, ambas de propiedad de dos de los grupos económicos más poderosos del país como los son el grupo Angelini (COPEC) y el grupo Luksic (SHELL), según indica el proyecto.

Esta propuesta se argumenta con el hecho de que el Estado a través de ENAP participa en casi todas las etapas de este negocio, esto es, importación, refinación, almacenamiento y transporte, salvo en lo relativo a la distribución minorista, lo que deja a la empresa estatal fuera del gran “negocio” de este mercado que es precisamente la distribución minorista de combustible.

De hecho, en el año 2007 cuando Repsol YPF inició el proceso de salida del país vendiendo las 206 estaciones que el grupo tenía en Chile, el gerente de ENAP de la época Enrique Dávila aseguraba que el ingreso de la estatal a la distribución de combustible era “el paso lógico” para la compañía.

En definitiva, el proyecto de ley busca incorporar un artículo al DFL Nº 1, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 9.618, que crea la Empresa Nacional del Petróleo, el que indica que, sin que ello le esté reservado exclusivamente, ya sea directamente o a través de sociedades en que tenga participación, ENAP podrá distribuir de manera minorista combustibles líquidos.

Boletín N° 15.206-08

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