02-05-2024
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Proyecto de ley modifica el Código del Trabajo con el objeto de perfeccionar el ejercicio del derecho de alimentación de niños menores de dos años

La elección de horario para alimentar al hijo o hija menor de dos años sea un derecho para la trabajadora, sin la venia o consentimiento del empleador.

El 14 de junio ingresó al Senado el boletín Nº 16025-13, proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de perfeccionar el ejercicio del derecho de alimentación de niños menores de dos años.

Según comprende el proyecto de ley, la ley N° 21.155 publicada el año 2019, establece medidas de protección a la lactancia materna y su ejercicio. 

De esta forma, se regulan medidas de protección a la lactancia materna y su ejercicio, entre las que se reconoce, promueve y protege el derecho a la lactancia materna, se garantiza el ejercicio libre del amamantamiento, el derecho a toda madre trabajadora de alimentar a sus hijos e hijas menores de dos años, aun cuando no exista sala cuna en su lugar de trabajo, reafirmando absolutamente la libertad y el derecho de amamantamiento a niños menores de dos años.

Por otro lado, si bien es cierto, el Código del Trabajo señala expresamente que las trabajadoras tendrán el derecho irrenunciable a disponer de esta hora de alimentación, éste debe acordarse con el empleador, por lo cual, ante la relación de subordinación y dependencia que existe entre la madre trabajadora y el empleador y, la desprotección que pudiera sentir la primera respecto del segundo, cabe la duda si la decisión del horario para dar alimento al hijo menor de dos años es efectivamente elegida de forma libre, consentida y por mutuo acuerdo.

Así, la nueva propuesta señala que es relevante que la elección de horario para alimentar al hijo o hija menor de dos años sea un derecho para la trabajadora, sin la venia o consentimiento del empleador, teniendo en cuenta que la titular del derecho es justamente la madre.

En consecuencia, el presente proyecto de ley modifica el artículo 206 del Código del Trabajo, y reemplaza la frase “a acordar con el empleador” por “a criterio de la trabajadora”.

Boletín Nº 16.025-13

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