20-04-2024
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Regulación del precio de los exámenes y procedimientos de apoyo diagnóstico y clínico

Proyecto de ley busca establecer un porcentaje máximo adicional al establecido por FONASA para los exámenes y otras prestaciones del área de la salud.

El pasado 16 de noviembre ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley, boletín N° 13.892-11, que regula el precio de los exámenes y procedimientos de apoyo diagnostico y clínico, así como la obligatoriedad de informarlo públicamente.

El proyecto de ley establece que el precio de los exámenes y procedimientos de apoyo diagnóstico y clínico realizados ambulatoriamente, de urgencia o electiva, tanto en horario hábil, como inhábil, no podrá ser superior al 50% del valor asignado en el Arancel Modalidad Institucional del Fondo Nacional de Salud (FONASA), mientras que el precio de estas mismas prestaciones, pero realizadas en atención cerrada, tanto en horario hábil como inhábil, no podrá ser superior al 40% del referido arancel.

El proyecto contempla además que los Prestadores Institucionales de Salud tendrán la obligación de informar el precio de cada examen y procedimiento de apoyo diagnóstico y clínico que realicen. Los valores deberán estar previamente publicados, en sus propios sitios electrónicos, y en formato físico a disposición del público general. La publicación se hará a través de un listado que compare el precio ofrecido por el Prestador, el Arancel del FONASA y la diferencia que se produce entre ellos.

Los precios de los exámenes y procedimientos de apoyo diagnóstico y clínico cobrados por los Prestadores Institucionales de Salud, en sus distintas modalidades de cobertura, serán observados y registrados, puesto que con dichos datos se realizarán estudios, análisis, estadísticas y recomendaciones de políticas públicas con la información recopilada que contribuyan a generar una mayor transparencia y fortalecer el acceso a ellos. Cabe destacar que el proyecto contempla que le corresponderá al Ministerio de Salud reglamentar lo señalado anteriormente.

Boletín N° 13.892-11

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