03-05-2024
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Proyecto de ley sobre socavones

Las empresas sanitarias deberán presentar anualmente un programa de mantención y reposición de las redes públicas de agua potable y alcantarillado a objeto de prever el colapso del suelo.

El 11 de julio ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 16.085-14, proyecto de ley que establece obligaciones y requisitos para la construcción de edificaciones en suelo colapsable.

El presente proyecto de ley, establece que la construcción en suelos de características colapsables se encuentra restringida al cumplimiento de las condiciones establecidas en el proyecto de ley, en la Ley General de Urbanismo y Construcción, la ordenanza general de la misma, las normas técnicas NCh, los itemizados técnicos, establecidos por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y todos los requisitos técnicos-normativos que la autoridad competente dicte sobre la materia.

El cumplimiento de la legislación, ordenanzas, normas técnicas, y/o resoluciones asociadas a suelos colapsables en todos sus tipos, así como los itemizados técnicos que establezca el MINVU, la iniciativa señala que es obligatoria para todo proyecto de edificación, debiendo fiscalizar aquello la Dirección de Obras Municipales correspondiente, independiente de las facultades del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o la Superintendencia de Servicios Sanitarios en la materia. En especial, se velará por el cumplimiento de la normativa relativa a las especificaciones técnicas sobre redes de agua potable y alcantarillado, así como los requerimientos constructivos y estructurales preventivos ante el eventual colapso del suelo que afectare la edificación.

Por otro lado, la nueva propuesta establece que las empresas sanitarias deberán presentar anualmente un programa de mantención y reposición de las redes públicas de agua potable y alcantarillado a objeto de prever el colapso del suelo, debiendo presentar dicho programa a las instituciones fiscalizadoras respectivas, a objeto de coordinar las intervenciones en la infraestructura pública.

En los casos de viviendas sociales, espacios públicos y/o vías vehiculares, al evidenciar el colapso del suelo se deberá iniciar un proceso de gestión, estudio y reparación, instancia donde deberán participar la municipalidad, instituciones fiscalizadoras respectivas, la empresa de servicios sanitarios, los dirigentes de la junta de vecinos respectiva y los vecinos afectados.

Asimismo, el proyecto de ley establece que tal instancia deberá entregar en el plazo de 30 días un programa de reparación integral de la zona afectada, pudiendo incluir las casas colindantes a la vivienda y/o espacio público donde se generó el colapso del suelo.

En cuanto a las viviendas afectadas como las colindantes, se otorgará un plazo especial de 30 días para proceder a la regularización de las ampliaciones, modificaciones y/o construcciones a objeto de permitir la adecuada reparación por parte de las entidades públicas.

Tratándose de redes de agua potable o alcantarillado, la empresa sanitaria deberá entregar un plan de contingencia en el plazo de 2 horas de tomado conocimiento de la aparición de un socavón.

Boletín Nº 16.085-14

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