18-04-2024
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Registro Civil deberá eliminar de la “Hoja de Vida del Conductor” las anotaciones que digan directa relación con condenas penales afectas al beneficio establecido por el Decreto Ley N° 409

La negativa a la solicitud de la eliminación en la Hoja de Vida del Conductor de las anotaciones constituye un acto arbitrario e ilegal.

El pasado 03 de agosto la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 1.514-2022 revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique y en su lugar acogió la acción de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, y en consecuencia el recurrido deberá eliminar del registro denominado “Hoja de Vida del Conductor” las anotaciones relativas a la denegación de Licencia de Conducir por  el “Motivo: no reunir requisito de idoneidad moral”, previo pago de los derechos que correspondan.

Ante la Corte de Apelaciones de Iquique ingresó una acción de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, solicitando la eliminación de antecedentes penales en la hoja de vida del conductor, argumentando que la sanción se encontraba cumplida. La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó la acción intentada, debido a que no hay evidencia de que la conducta de la recurrida sea ilegal o arbitraria. Contra dicha decisión se interpuso un recurso de protección.

A su vez la Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, acogiendo la acción de protección presentada. Al respecto, señalo que si era posible la eliminación de prontuarios penales, también es factible dicho beneficio para el de anotaciones en el Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados, de lo contrario implicaría desentender el tenor literal de las normas, al impedir la efectiva reinserción del penado a la sociedad. En el caso en particular, obstaculizaba sus posibilidades laborales en su área de interés.

Corte Suprema Rol N° 1.514-2022

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