25-04-2024
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Resolución establece tope imponible vigente durante 2023 para el pago de cotizaciones al seguro de cesantía

El límite máximo imponible se mantendrá en 122,6 Unidades de Fomento al igual que el año anterior.

El 12 de enero el Diario Oficial publicó la Resolución exenta Nº 16 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la que establece el tope imponible vigente durante 2023 para el pago de cotizaciones al seguro de cesantía.

En la resolución, se considera que el tope imponible será reajustado siempre que la variación del Índice de Remuneraciones Reales sea positiva. En el caso de que dicha variación fuese negativa, el tope imponible mantendrá su valor vigente en unidades de fomento.

Asimismo mediante la resolución exenta Nº 11, de fecha 9 de febrero de 2022, la Superintendencia de Pensiones determinó que, desde el 1 de febrero de 2022, el límite máximo imponible reajustado de acuerdo a los considerandos anteriores, se fijó en 122,6 Unidades de Fomento.

Tomando en consideración lo anterior, la presente normativa resolvió que regirá desde el 1 de enero del 2023, el límite máximo imponible según lo expuesto en los considerandos anteriores, se mantendrá en 122,6 Unidades de Fomento.

Así, debe publicarse la presente resolución en el Diario Oficial y en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones.

Resolución exenta Nº 16

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