26-04-2024
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Se crea la Comisión Nacional para la Prevención y Reducción de las Pérdidas y Desperdicios de Alimentos

La comisión, cuyas funciones serán de carácter consultivo y multidisciplinario, será para asesorar a las autoridades del Ministerio de Agricultura.

El pasado 14 de octubre fue publicado en el Diario Oficial, el decreto N° 17 del Ministerio de Agricultura, que establece la creación de la Comisión Nacional para la Prevención y Reducción de las Pérdidas y Desperdicios de Alimentos. La Comisión tendrá como objetivos actualizar políticas, realizar planes y programas relacionados para prevenir y reducir la pérdida y el desperdicio de los alimentos a lo largo de la cadena agroalimentaria. Esto, desde que el alimento se encuentra en producción, es decir el predio, hasta su consumo final.

La comisión deberá proponer acciones que propicien evitar y disminuir las pérdidas y el desperdicio de los alimentos para contribuir al desarrollo sustentable de Chile. Al recomendar estas medidas, la comisión también generará la información necesaria para tomar las decisiones. Asesorarán a las autoridades del Ministerio al momento de evaluar las iniciativas o modificaciones de las normativas. Recomendarán el fortalecimiento de redes y organizaciones de diferentes sectores de la sociedad, es decir a nivel internacional, nacional, regional y local, para facilitar la implementación de las políticas y acciones en la materia anteriormente mencionada.

Las personas que integrarán la comisión, desempeñarán sus funciones ad honórem, en representación de sus instituciones, que serán tanto del sector privado como del sector público e instituciones relacionadas y organismos internacionales. En total, serán 34 las personas que participarán de la comisión. Las entidades deberán indicar quien será su representante y además nombrar un suplente.

En el caso de ausencia del Ministro de Agricultura, presidirá la comisión el Secretario/a Ejecutivo/a de la Comisión, que será el/la Director/a Nacional de la Oficina de estudios y Políticas Agrarias (ODEPA). Este no solo se encargará de lo anteriormente mencionado, sino que además, recibirá las designaciones de los integrantes de la comisión, constatará el quórum necesario para sesionar, preparará la tabla de cada sesión y la transmitirá mediante correo electrónico a todos los miembros, finalmente verificará los acuerdos que adopte la comisión.

La Comisión sesionará en forma ordinaria al menos una vez al año, y en forma extraordinaria por convocatoria del Presidente o por una solicitud de al menos un 50% de los integrantes. Cada citación será comunicada a los integrantes con al menos una semana de anticipación. En caso de ser necesario, la Comisión podrá conformar comités de trabajo sobre temas específicos que permitan proponer medidas para evitar y reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos en toda la cadena de alimentos, desde la producción, postcosecha, transformación, almacenamiento, distribución, venta, hasta el consumo.

Cabe destacar que las anotadas funciones serán siempre de naturaleza consultiva y en ningún caso pueden importar el desarrollo de acciones de carácter ejecutivo por parte de la Comisión.

Decreto N° 17

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