19-05-2024
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Se crea la Comisión para la Paz y el Entendimiento

La Comisión dispondrá de un plazo de hasta 18 meses para cumplir con sus objetivos.

El 12 de julio el Diario Oficial publicó el Decreto Nº 14 del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia crea la Comisión para la Paz y el Entendimiento (en adelante la Comisión)

El presente decreto establece la Comisión cuyo propósito será asesorar al Presidente de la República para construir y consolidar una solución de largo plazo al conflicto territorial en las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, levantando información y propiciando un proceso de diálogo entre los principales actores de las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. Esta Comisión asesorará al Presidente de la República en la creación de una vía institucional y legítima para abordar el conflicto de tierras y establecer una nueva relación entre el Estado de Chile y el pueblo Mapuche.

Los objetivos específicos de la Comisión serán:

  1. Realizar un diagnóstico de la demanda de tierras del pueblo Mapuche, las tierras ya entregadas por el Estado de Chile y las brechas persistentes en dicha materia, con el objeto de cuantificar dicha demanda.
  2. Propiciar un proceso de diálogo entre los distintos actores políticos de las regiones involucradas con el objeto de alcanzar consensos y otorgar legitimidad a las políticas y soluciones sugeridas en su informe final.
  3. Analizar y recomendar mecanismos, reformas, condiciones y formas de reparación que contribuyan a la paz y el entendimiento entre los actores para dar solución al conflicto, considerando los diálogos ya realizados y la información recopilada.

En este caso, el acto administrativo señala que la Comisión deberá entregar al Presidente de la República un informe final que detalle el diagnóstico realizado, el proceso de diálogo llevado a cabo, los acuerdos alcanzados y las propuestas elaboradas, en cumplimiento de los objetivos específicos.

Por otro lado, el decreto establece que en ningún caso la Comisión podrá asumir funciones ejecutivas ni jurisdiccionales propias de los órganos de la Administración del Estado ni de los Tribunales de Justicia, ni interferir en procesos judiciales pendientes.

Con esto, la Comisión dispondrá de un plazo de hasta 18 meses para cumplir con sus objetivos, plazo que podrá ser prorrogado mediante decreto supremo. Una vez entregado el informe final, o vencido el plazo o su prórroga, la Comisión se disolverá de pleno derecho.

El financiamiento de la Comisión para la Paz y el Entendimiento será proporcionado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, a través de la respectiva modificación presupuestaria al presupuesto del Ministerio Secretaría General de la Presidencia durante el año 2023 y, durante el resto de su funcionamiento, mediante los recursos que al efecto consideren las leyes de presupuestos.

Así, el decreto establece que la Comisión comenzará a sesionar una vez que el presente acto administrativo se encuentre totalmente tramitado.

Decreto Nº 14

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