Acción de protección no constituye un sustituto jurisdiccional.
Acción de protección no constituye un sustituto jurisdiccional.
En el marco del XIII Congreso Internacional titulado “El Derecho Administrativo como Herramienta para la Modernización del Estado”, realizado los días 13 y 15 de noviembre y organizado por la Universidad Central de Chile, la Asociación Internacional de Derecho Administrativo y el Instituto Chileno de
La mañana del pasado jueves 07 de noviembre fuimos sorprendidos por el Dictamen N° E561358, que lleva la firma de la recién asumida Contralora General de la República Sra. Dorothy Pérez Gutiérrez, en virtud del cual la Contraloría General de la República, en adelante CGR,
La acción intentada no es idónea para ello, por cuanto esta no ha sido creada para solucionar conflictos que se encuentren sometidos a normas y procesos previamente establecidos.
Se ratifica el procedimiento administrativo estableciéndose que Empresa de Agua Potable El Colorado S.A. extraía un mayor caudal al permitido.
No se constató que el recurrente haya sido oído, que haya podido presentar sus descargos, que haya contado con defensa ni menos incorporó prueba para respaldar sus pretensiones.
La Corporación tiene a su disposición los mecanismos de descargo y recursos previstos en la Ley N° 20.529 para impugnar las eventuales sanciones que se deriven del procedimiento.
La Universidad Central de Chile será el escenario del XIII Congreso Internacional “El Derecho Administrativo como Herramienta para la Modernización del Estado”, que se llevará a cabo entre el 13 y 15 de noviembre. En conversación con Actualidad Jurídica, el decano de la Facultad de
No corresponde a la Contraloría General de la Republica emitir pronunciamiento en aquellos casos en que se plantea un asunto de naturaleza litigiosa.
Corte Suprema rechazó acción de protección resaltando que la función contralora aparece como ejercida por autoridad competente, de forma legal.