Prorroga la vigencia de la Ley N° 18.450 por un plazo de 7 años.
Prorroga la vigencia de la Ley N° 18.450 por un plazo de 7 años.
No se podrán fabricar, formular, producir, almacenar, comercializar, envasar e importar fertilizantes o bioestimulantes destinados a ser usados en territorio nacional, que no cumplan con las características y parámetros que se definen en los grupos o categorías determinados en este reglamento.
Se declaran las regiones de Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío.
Se establece un plazo de un año para que la administración dicte, adecue o actualice los actos administrativos que permitan la correcta ejecución de la ley.
Las ayudas serán otorgadas y estarán destinadas a productores forestales, agrícolas, apícolas y ganaderos de la Región del Maule.
Ante esto, se iniciarán de inmediato gestiones de los organismos públicos que correspondan, a fin de ejecutar y coordinar acciones de apoyo a los afectados.
Se reevaluará la situación del déficit hídrico y sequía para el próximo mes de abril de este año.
Así, el mayor gasto fiscal que signifique la aplicación de esta ley en su primer año presupuestario de vigencia, se financiará con cargo al presupuesto del SAG.
Para la importación y exportación de productos apícolas y de material biológico apícola se deberán cumplir las exigencias que determine el SAG.
Intensas nevazones han afectado la situación productiva y calidad de vida los habitantes rurales de la zona.