No resulta conforme a derecho que sea el empleador el que decida, incluso dentro del mismo día, que modalidad de trabajo se aplicará al trabajador si es presencial o teletrabajo.
Se establece que en el marco de la contratación de un producto financiero, el consumidor o usuario no está obligado a manifestar al proveedor haber padecido cáncer si ha transcurrido un año desde la finalización de su tratamiento, sin recaída posterior.
El lucro cesante se basa en que la persona tenía un trabajo y, es un hecho indiscutible que a partir de su incapacidad tendrá una pérdida de esa estimación futura.
Máximo tribunal acogió un recurso de unificación de jurisprudencia, y resolvió que una renuncia sin las formalidades exigidas por el Código del Trabajo carece de eficacia para poner término al vínculo laboral.