La discusión está siendo conocida en sedes administrativas y judiciales pertinentes, instancias en las que las partes interesadas podrán hacer valer sus alegaciones.
Será responsabilidad del gobierno regional determinar un adecuado proceso de seguimiento y monitoreo del Plan de Desarrollo con la finalidad de dar pleno cumplimiento a los compromisos vigentes materializados en aquel.
La Ley N° 16.395 contempla entre las funciones de la SUSESO fijar, en el orden administrativo, la interpretación de las normas legales y reglamentarias de seguridad social de su competencia.
La acusación podrá interponerse mientras el Presidente, el Gobernador Regional y el Alcalde estén en funciones y en los seis meses siguientes a su expiración en el cargo.
El actuar de la recurrida resulta arbitrario por cuanto si bien ha realizado algunas acciones tendientes a dar una solución al conflicto planteado en esta causa, aquella respuesta no ha resultado suficiente.
La Municipalidad de San Ramón contrató a la demandante a honorarios, prestando servicios sin que concurrieran los requisitos de temporalidad y especificidad que esa norma exige.
La norma tiene por objeto la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural del país, a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas.
La Segunda Sala descartó vulneraciones al debido proceso y confirmó la condena por fingimiento del cargo de abogado, junto con el delito de uso malicioso de documento privado falso.
En el marco del III Congreso de Derecho y Tecnología de la Universidad de Chile, Carlos Araya, abogado de Magliona, analiza -en conversación con Actualidad Jurídica: el blog de DOE- los desafíos que plantea la inteligencia artificial para la regulación, la contratación tecnológica y el sistema tradicional de propiedad intelectual, en un escenario marcado por el acelerado avance de las nuevas tecnologías.