Para implementar actividades educativas telemáticas el empleador requerirá de la autorización respectiva, la que deberá solicitarse al Ministerio de Educación de acuerdo con lo informado por la Superintendencia del ramo.
El decreto no cuenta con la fundamentación de porqué se ha producido el término del contrato, sin perjuicio de no discutirse las facultades de la administración para disponerlo.
La propuesta señala que el tiempo que éstos destinen en la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales.
La forma de abordar las listas de espera, depende en forma exclusiva de los Programas y/o Políticas Públicas que, al efecto elabore y lleve a cabo el Ministerio de Salud.
El tribunal sostuvo que el recurso de queja no constituye una instancia de revisión del fondo y que la sola discrepancia con la interpretación jurídica de los jueces no configura falta o abuso grave.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.