Se rechazó el recurso de casación en el fondo toda vez que sólo la judicatura del fondo se encuentra facultada para fijar los hechos de la causa, sin que sea dable su revisión en esta sede.
El amparado presenta compromiso delictual mediano y riesgo de reincidencia medio. Si bien cuenta con beneficio intrapenitenciario desde marzo, minimiza su conducta disruptiva y no visualiza las consecuencias de su actuar.
Corte Suprema mantuvo la objeción por los gastos de $62.810.277, para el periodo 2019 y 2020 efectuados por el establecimiento escolar con la subvención escolar preferencia.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.