El contrato le es oponible a la demandante, de forma tal que se encuentra en el imperativo de tolerar la ocupación y discutir en otro procedimiento su terminación.
La Ley N° 19.585 eliminó las diferencias entre las distintas categorías de hijos que existían hasta antes de su dictación, esto es, “legítimos”, “naturales” e “ilegítimos”.
El ISP ordenó tarjar cualquier antecedente que diga relación o contenga datos que den cuenta de la fórmula de los productos consultados, y de todo dato personal de contexto y dato sensible que puedan contener.
Corte ordenó a la recurrida abstenerse de recurrir a vías de hecho para obtener la salida del recurrente desde la propiedad de la comunidad hereditaria de la que ella forma parte, debiendo limitarse a ocupar las vías que contempla la ley para ello.
En conversación con Actualidad Jurídica el Blog de DOE, la directora de Protección de Datos y Ciberseguridad de Prieto Abogados, Romina Garrido, analizó los desafíos que enfrentarán las empresas chilenas con la llegada de la Ley de Protección de Datos Personales, destacando el desconocimiento de la normativa, la necesidad de cambios culturales y la integración de la protección de datos en la estrategia empresarial.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.