El Servicio Nacional de Migraciones vulneró el derecho a un procedimiento racional y justo, al archivar la petición por razones formales sin permitir subsanación.
Reafirmó la legalidad del actuar fiscalizador y desestimó el decaimiento del procedimiento, violación al principio de tipicidad y errónea clasificación de la gravedad de los cargos.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.