80 años de las Naciones Unidas: de luces y sombras para la lucha contra la violencia a mujeres

opinión

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En septiembre de 2025, mientras las Naciones Unidas celebran 80 años, una de las tantas preguntas que surgen es ¿qué tan efectiva ha sido la ONU en proteger a quienes históricamente han sufrido discriminación, especialmente las mujeres? Su incapacidad para resolver muchos de los conflictos posteriores a la Segunda Guerra Mundial es bien conocida y, por ello, no es difícil caer en la tentación de cuestionar su aporte en temas de interés global.

La respuesta que podemos encontrar tiene de luces y sombras cuando vemos la realidad de las mujeres en el mundo. No obstante, no parece justo pasar por alto los avances que esta organización ha impulsado, particularmente logrando la visibilización y regulación de los derechos de las mujeres y el esfuerzo que ha promovido para eliminar la violencia a través de una agenda transversal.

Desde la adopción de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979), pasando por las Conferencias Mundiales de México (1975), Copenhague (1980) y Nairobi (1985), hasta la Plataforma de Beijing (1995), la ONU ha contribuido a consolidar normas que buscan garantizar la igualdad y erradicar la discriminación. En paralelo, eventos como la 2ª Conferencia de Derechos Humanos en Viena (1993) impulsaron la discusión sobre los derechos de las mujeres y la violencia como principal manifestación de discriminación.

En este contexto, surgieron conceptos hoy centrales en la agenda internacional contra la violencia de género: transversalidad de género (gender mainstreaming) y empoderamiento (empowerment). Además, la CEDAW ha desarrollado recomendaciones específicas sobre violencia, como la Recomendación General No. 19 (1992), que reconoce la violencia de género como forma de discriminación, y la Recomendación General No. 35 (2017), que amplía este marco, recordando que la violencia contra las mujeres constituye discriminación. Esta recomendación insta a los Estados a prevenir, investigar y sancionar la violencia y enfatiza que puede ocurrir tanto en entornos públicos como privados, incluyendo violencia institucional, violencia en contextos de conflicto y otras formas que afectan la vida y la dignidad de las mujeres.

En complemento, la Observación General N.º 13 (2011) del Comité de los Derechos del Niño profundiza esta perspectiva al subrayar que la violencia contra niñas, niños y adolescentes debe ser comprendida como una violación grave de derechos humanos y no como hechos aislados o privados. Destaca que la violencia que sufren las niñas, en particular la violencia sexual y la violencia de género, tiene consecuencias específicas que requieren respuestas diferenciadas por parte de los Estados. Además, recalca la obligación de garantizar entornos protectores en todos los espacios —hogar, escuela, comunidad, instituciones— y de abordar las causas estructurales que perpetúan la discriminación. Esta mirada permite articular la agenda de igualdad de género con la de derechos de la niñez, recordándonos que las niñas enfrentan una doble vulnerabilidad: por ser mujeres y por ser menores de edad.

En Chile, el Comité CEDAW examinó el octavo informe periódico del país en 2024 y emitió observaciones finales que señalan avances pendientes. Entre las recomendaciones normativas, se incluyen la incorporación plena de la Convención en la capacitación de jueces, fiscales y abogados; la adopción de una ley contra la discriminación que garantice igualdad formal y sustantiva; y asegurar que cualquier modificación de la Ley Antidiscriminación cumpla con los estándares internacionales.En materia de políticas públicas, el Comité insta a concienciar a las mujeres sobre sus derechos y los recursos jurídicos disponibles; establecer mecanismos integrales de implementación con participación de ONG; eliminar obstáculos al acceso a la justicia ofreciendo asistencia jurídica e interpretación en lenguas indígenas; reforzar sistemas de defensa pública accesibles y gratuitos; capacitar a la judicatura y agentes del orden en derechos humanos de las mujeres y métodos de investigación sensibles al género; adoptar medidas especiales temporales como cuotas; y aprobar políticas integrales contra el discurso de odio, formando a funcionarios y medios en lenguaje con perspectiva de género. Asimismo, se recomiendan medidas especiales temporales, como cuotas o trato preferencial, para acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; aprobar y aplicar una política integral contra el discurso de odio hacia mujeres y niñas; y formar a funcionarios públicos y profesionales de medios de comunicación en el uso de un lenguaje con perspectiva de género.

Los desafíos no se limitan a mujeres adultas. El Comité de los Derechos del Niño examinó en 2022 los informes sexto y séptimo de Chile y emitió recomendaciones clave para niñas y niños, especialmente los más vulnerables. Entre ellas se encuentran garantizar servicios municipales de lucha contra la discriminación adaptados a la infancia; investigar los casos de discriminación mediante unidades especializadas; y evaluar las medidas existentes con participación de los propios niños, niñas y adolescentes y de la sociedad civil. El Comité también enfatizó asegurar el acceso efectivo a educación y salud de niños y niñas en situación de vulnerabilidad —incluyendo discapacidad, pueblos indígenas, solicitantes de asilo, migrantes o LGBTI—; desarrollar políticas de concienciación para eliminar estereotipos; poner fin a toda violencia ejercida por las fuerzas de seguridad contra niños indígenas; y aplicar sistemáticamente el principio del interés superior del niño en programas y actuaciones legislativas, administrativas y judiciales.

Estos 80 años muestran luces y sombras. La ONU ha sido pionera en visibilizar la violencia contra las mujeres y en establecer marcos normativos y conceptuales que guían la acción estatal e internacional. Pero la persistencia y diversificación de la violencia exige un compromiso renovado: los principios proclamados no pueden quedarse en declaraciones, sino que deben traducirse en seguridad, justicia y empoderamiento real para todas las mujeres y niñas. Para ese propósito, el compromiso de los estados es esencial.

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