Esto, a través de un plan de protección a la infancia en línea, que cuente con las medidas y actividades para proteger a los niños y a las futuras generaciones.
El 21 de diciembre ingresó al Senado el boletín Nº 15.613-15, proyecto de ley que modifica la Ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, con el objeto de promover la protección de la infancia en el uso de las plataformas en línea.
El objetivo del proyecto de ley es establecer una ley de protección a la infancia en el uso de las plataformas en línea, que sea vinculante a la Industria de las TIC’s en Chile, a través de un plan de protección a la infancia en línea, que cuente con las medidas y actividades para proteger a los niños y a las futuras generaciones. Este plan deberá ser presentado y aprobado al momento de otorgarles la concesión de uso a las empresas de la Industria de las TIC ‘s.
La iniciativa establece que los servicios de telecomunicaciones, según corresponda a su naturaleza, deberán someterse al marco normativo técnico, constituido por los siguientes planes: planes fundamentales de numeración, encaminamiento, transmisión, señalización, tarificación y sincronismo; planes de gestión y mantención de redes; planes de operación y funcionamiento de los servicios públicos de telecomunicaciones; plan de uso del espectro radioeléctrico; y plan de radiodifusión sonora y televisiva.
Así, en dichos planes la propuesta señala que deberán ser aprobados y modificados por decreto supremo y no podrán impedir el funcionamiento de los servicios autorizados a la fecha de entrada en vigencia del respectivo decreto, los cuales, en todo caso, deberán adecuarse a sus normas, conforme a las instrucciones que dicte la Subsecretaría de Telecomunicaciones al respecto y en el plazo que fije para tal efecto, el que no podrá ser inferior a 6 meses.