22-12-2024
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Ley establece el procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política de la República

El plebiscito se celebrará el 17 de diciembre del 2023.

El martes 17 de enero el Diario Oficial publicó la Ley Nº 21.533 del Ministerio Secretaría General de la República, que modifica la actual Constitución de la República con el objeto de establecer un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución política de la República.

La nueva ley respecto del Consejo Constitucional establece que será un órgano que estará compuesto por 50 personas elegidas por votación popular, las que se realizarán el 7 de mayo de 2023. El Consejo Constitucional tiene por único objeto discutir y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución, de acuerdo al procedimiento fijado en el presente epígrafe. Sus integrantes serán electos en votación popular y su conformación será paritaria, 25 mujeres y 25 hombres.

En el caso de las declaraciones de candidaturas para la elección de integrantes del Consejo Constitucional, la ley establece que los partidos políticos o pactos electorales podrán declarar, en las circunscripciones senatoriales que eligen dos escaños, un máximo de candidatos equivalente al doble del número de consejeros constitucionales que corresponda elegir en la circunscripción de que se trate. En las circunscripciones senatoriales que elijan 3 o 5 escaños, se estará a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 5 de la ley N° 18.700.

Respecto de la Comisión Experta, la normativa establece que la Cámara de Diputados y el Senado convocarán, respectivamente, a sesión especial con el objeto de elegir a los miembros de la Comisión Experta. Dicha Comisión estará compuesta por 24 personas. Esta Comisión deberá proponer al Consejo Constitucional un anteproyecto de propuesta de nueva Constitución, y realizar las demás funciones que esta Constitución le fije. Su integración será paritaria.

Por otro lado, relacionado al Comité Técnico de Admisibilidad, éste estará compuesto por 14 personas, también integrado de forma paritaria, y será encargado de resolver los requerimientos que se interpongan contra aquellas propuestas de normas aprobadas por la Comisión o por el plenario del Consejo Constitucional, o por la Comisión Experta, que contravengan lo dispuesto en el artículo 154.

Así, en cuanto al procedimiento, la Comisión Experta se deberá instalar, en dependencias del Congreso Nacional en la ciudad de Santiago, con fecha 6 de marzo de 2023, e iniciará la redacción de un anteproyecto de nueva Constitución. En la misma fecha, entrará en funciones el Comité Técnico de Admisibilidad.

Además, la Comisión Experta deberá aprobar cada norma que formará parte del anteproyecto de propuesta de nueva Constitución por un quórum de los tres quintos de sus miembros en ejercicio. El anteproyecto de nueva Constitución deberá ser despachado por la Comisión Experta dentro de los tres meses siguientes a su instalación.

Finalmente, comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por el Consejo Constitucional, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que el electorado se pronuncie sobre la propuesta. Este plebiscito se celebrará el 17 de diciembre del 2023.

Ley Nº 21.533

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