La SSFFAA deberá adoptar las medidas tendientes a regularizar su actuación, de conformidad con lo indicado precedentemente, informando de ello a esta Contraloría General en el plazo de 30 días hábiles.
El 10 de febrero la Contraloría General de la República emitió el Dictamen Nº E309987, mediante el cual concluyó que no se ajustó a derecho la creación de Unidad de Educación Militar por el Subsecretario para las Fuerzas Armadas.
Ante la Contraloría se dirigió diputados y diputadas de Chile Vamos solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad de la resolución exenta N° 4.458, de 2022, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SSFFAA), que crea la Unidad de Educación Militar dependiente de la División de Asuntos Institucionales de la SSFFAA, por cuanto, a su juicio, ella no se encontraría ajustada a derecho, por los argumentos que exponen.
La cuestionada resolución exenta N° 4.458, de 2022, crea la Unidad de Educación Militar, dependiente de la División de Asuntos Institucionales de la SSFFAA, cuya función directiva será ejercida por el jefe o jefa de esa división, disponiéndose como objetivo estratégico el de orientar, coordinar y asesorar al subsecretario en materias relativas a educación y procesos de formación militar que son competencia de esa subsecretaría.
Al respecto la Contraloría recalcó la Ley N° 20.424 y en ejercicio de la potestad reglamentaria de ejecución, mediante la cual el Presidente de la República dictó el Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del MDN, en cuyas disposiciones se estableció la estructura y organización interna tanto del ministerio como de las subsecretarías que lo componen, sin que en dicha preceptiva se haya previsto una Unidad de Educación Militar en la División de Asuntos Institucionales, así como tampoco se le ha entregado a la SSFFAA, al menos de manera explícita, labores en materia de educación de las ramas castrenses. Además, en el ejercicio de la misma potestad reglamentaria, se dictaron los reglamentos contenidos en los citados decretos N° 48 y 50, de 2003, creándose el Consejo de Educación de las Fuerzas Armadas como un organismo asesor del Ministro de Defensa Nacional en todas aquellas materias docentes de interés común para las Fuerzas Armadas, facultándolo para estudiar, planificar y proponer directrices en materias educacionales de esas entidades castrenses, por lo que no corresponde que tales tareas se asignen, mediante resolución del subsecretario, a una entidad distinta de la que estableció el Presidente de la República.
En base a lo señalado anteriormente, la dictación de la resolución exenta N° 4.458, de 2022, no se ajustó a derecho, por lo que la SSFFAA deberá adoptar las medidas tendientes a regularizar su actuación, de conformidad con lo indicado precedentemente, informando de ello a esta Contraloría General en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la notificación del presente pronunciamiento.
En consecuencia, el Ente Contralor establece que en atención a que la modificación de la estructura organizacional del MDN y de la SSFFAA, así como el traspaso de la labor de asesoría en materia educacional de las instituciones de la defensa desde el aludido Consejo a una entidad diversa, debe ser efectuada mediante el ejercicio de la referida potestad reglamentaria -en el evento de así decidirlo el Jefe de Estado-, el análisis de los aspectos de fondo denunciados se efectuará al momento en que se ejerza el control preventivo de legalidad por esta Contraloría General a través del trámite de toma de razón, sin que corresponda pronunciarse sobre el particular en esta instancia.