21-11-2024
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Ley Nº 21.554 entrega facilidades de pago para los derechos de aseo municipal y faculta al Servicio de Tesorerías su cobro

Las municipalidades tendrán la facultad de condonar el total de las deudas, incluyendo multas e intereses, que posean una data mayor a cinco años de antigüedad.

El 18 de abril el Diario Oficial publicó la Ley Nº 21.554 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que entrega facilidades de pago para los derechos de aseo municipal y faculta al servicio de tesorerías su cobro.

La nueva ley faculta a las municipalidades del país para celebrar convenios de pago hasta en doce cuotas por deudas por derechos de aseo. Asimismo, las municipalidades podrán condonar hasta el 100 % de las multas e intereses cuando la deuda se pague al contado; y hasta el 70% por ciento de multas e intereses en caso de que se suscriba un convenio de pago según lo señalado. En caso de incumplimiento de dicho convenio, las acciones de cobro deberán ser realizadas por la municipalidad respectiva.

Además, la norma establece que las municipalidades tendrán la facultad de condonar el total de las deudas, incluyendo multas e intereses, que posean una data mayor a cinco años de antigüedad contados desde la fecha en que se hacen exigibles.

Por otro lado, la presente ley señala que las municipalidades estarán facultadas para celebrar convenios de colaboración con el Servicio de Tesorerías para que éste recaude y cobre administrativa y judicialmente los ingresos o rentas municipales respectivas.

Dichas facultades se deben ejercer a propuestas del respectivo alcalde, y previo acuerdo del concejo, dentro de los doce meses siguientes a la fecha de publicación de la presente ley. Durante el mismo período se podrá tramitar ante el juzgado de policía local la prescripción de las deudas vencidas de derechos de aseo municipal que posean una data mayor a cinco años de antigüedad, contada desde la fecha en que se hacen exigibles, bajo las reglas que se explican en la ley.

Ley Nº 21.554

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