18-10-2024
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Corte acogió la demanda de despido injustificado de guardia de seguridad que solicitó Bono de Clase Media

No se configuró un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato.

El pasado 06 de junio la Corte Suprema en causa rol N° 26.372-23 acogió el recurso de unificación de jurisprudencia en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago  que no hizo lugar al recurso de nulidad interpuesto y, en su lugar, se declara que esta última es nula sólo en cuanto al rechazo del recurso de nulidad referido a la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, debiendo dictarse acto seguido y sin nueva vista, pero separadamente, la correspondiente de reemplazo, en lo que respecta a la materia debatida. En sentencia de reemplazo se rechazó la denuncia de tutela laboral en contra del Banco del Estado de Chile y acogió la demanda subsidiaria de despido injustificado, ordenando pagar las prestaciones que se indican.

Cabe tener presente que el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago rechazó tanto la acción principal de tutela laboral como la subsidiaria de despido injustificado. Se fundó la acción en el despido del trabajador por la causal del 160 N° 7 del Código del Trabajo acusando el incumplimiento de obligaciones contenidas en el reglamento interno de la empresa y de otras que derivan del contenido ético jurídico del contrato.

En contra de esa decisión, la parte demandante dedujo recurso de nulidad y la Corte de Apelaciones de Santiago lo rechazó. En contra de esta última decisión, la misma parte interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.

La materia de derecho a unificar consiste en determinar si es posible cumplir la hipótesis de incumplimiento que establece el artículo 160 Nº 7 del Código del Trabajo, sin que existan deberes contractuales infringidos, sino sólo a partir de una supuesta infracción al contenido ético y jurídico del contrato de trabajo.

En el caso en concreto se trata de un trabajador que prestó servicios a una institución bancaria como vigilante y la conducta reprochada supuso entregar información relativa a sus ingresos, errónea o distinta a la real a un organismo público distinto a su empleador, el Servicio de Impuestos Internos, con miras a obtener un beneficio que tampoco fue financiado por el empleador.

Sin embargo, la Corte descartó la infracción a las obligaciones preceptuadas en el reglamento interno del demandado y del deber ético jurídico del contrato, pues por reprochable que pueda estimarse el actuar del demandante, lo cierto es que no se trata de una conducta que tenga una conexión directa y necesaria con el contrato y con las labores que como vigilante se obligó a desempeñar. En consecuencia, consideró que no se configuró un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato.

Corte Suprema Rol N° 26.372-23 Sentencia Unificación Jurisprudencia

Corte Suprema Rol N° 26.372-23 Sentencia Reemplazo

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