22-01-2025
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Ley establece la obligatoriedad de la adopción del Régimen de Federación Deportiva Nacional para aquellas entidades que reciben recursos públicos de manera permanente

La ley faculta al Instituto Nacional de Deportes para sancionar a las organizaciones deportivas que no den cumplimiento a las obligaciones de transparencia.

El 21 de noviembre se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.712, la cual dispone la obligatoriedad de la adopción del Régimen de Federación Deportiva Nacional para aquellas entidades que reciben recursos públicos de manera permanente.

El objeto es fomentar la aplicación del régimen de Federaciones Deportivas Nacionales con el objetivo de resguardar de mejor forma los recursos públicos que se transfieren a estas organizaciones deportivas, además de mejorar la gestión de dichos recursos.

Al respecto, dichas organizaciones deportivas que reciban anualmente transferencias de fondos públicos o donaciones con fines deportivos que asciendan a una cantidad igual o superior a 250 UTM, deberán mantener a disposición permanente del público a través de sus sitios web, en forma completa y actualizada, con la información indicada en la propia ley.

La ley faculta al Instituto Nacional de Deportes para sancionar a las organizaciones deportivas que no den cumplimiento a las obligaciones de transparencia, con multa a beneficio fiscal de 50 a 300 UTM mensuales. En caso de reincidencia dentro del año calendario inmediatamente siguiente, el monto de la multa será elevado al doble. Las organizaciones deportivas sancionadas quedarán inhabilitadas para acceder a los beneficios de esta ley, ya sea para recibir nuevas transferencias de recursos públicos y/o emitir certificados de donación para exenciones tributarias, mientras no hayan pagado la multa impuesta.

Ley 21.712

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