22-12-2024
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Corte de Apelaciones anuló multa impuesta a canal de TV por publicitar sitios de apuestas deportivas en horario de protección de menores

La decisión del CNTV atenta contra el principio de tipicidad aplicable al Derecho Administrativo.

El pasado 04 de diciembre la Corte de Apelaciones de Santiago en causa rol N° 258-2024 revocó la Resolución Ordinaria Nº 304, con fecha 3 de abril de 2024, dictada por el Consejo Nacional de Televisión, que impuso a la concesionaria Universidad de Chile una sanción de multa equivalente a 20 UTM, y en su lugar se declara que se absuelve a la mentada concesionaria, sin costas de los cargos formulados en su contra con fecha 15 de enero de 2024, a raíz del procedimiento administrativo incoado mediante Acuerdo C-14051.

Cabe tener presente que en representación de la Universidad de Chile y de la Red de Televisión Chilevisión S.A dedujeron recurso de apelación en contra del Consejo Nacional de Televisión por la dictación de la Resolución Ordinaria Nº 304, con fecha 3 de abril de 2024, que impuso una sanción de multa equivalente a 20 Unidades Tributarias Mensuales, actuación que consideran ilegal y arbitraria, por lo que solicitan se deje sin efecto la sanción impuesta.

Indica que el CNTV en enero del presente año acordó formular cargos a la Universidad de Chile por una supuesta infracción al correcto funcionamiento de los servicios de televisión, contenido en el artículo 1° de la Ley N° 18.838. Según el Consejo, la infracción se habría configurado mediante la exhibición a través de Red de Televisión Chilevisión S.A., en horario de protección de menores, de cinco spots publicitarios sobre plataformas digitales de apuestas deportivas transmitidos durante la emisión de un partido de fútbol el día 17 de octubre de 2023. Así, el CNTV decidió sancionar a los concesionarios con la multa de 20 UTM.

Apelada dicha decisión, la Corte de Apelaciones dejó sin efecto la resolución impugnada, absolviendo a la concesionaria de los cargos formulados, ello debido a que no existe en el ordenamiento jurídico una norma prohibitiva que sancione expresamente la difusión de ese contenido en spots publicitarios en un horario protegido, por lo que la decisión del CNTV atenta contra el principio de tipicidad aplicable al Derecho Administrativo Sancionador, en cuanto la pretendida prohibición de contenido se edifica en un supuesto inexistente, toda vez que aún no ha sido expresamente vedada la difusión de apuestas en línea o de avisos publicitarios vinculados a ese tipo de apuestas.

Corte de Apelaciones

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