Se descarta cualquier tipo de ilegalidad o de arbitrariedad en su proceder, pues demuestran que la decisión adoptada no vulnera ninguna norma legal, y tampoco se sustenta en el mero capricho de la recurrida.
El 26 de diciembre la Corte Suprema en causa rol N° 60.454-2024 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que rechazó la acción de protección interpuesto por la Ilustre Municipalidad de la Reina en contra del Servicio Nacional del Adulto Mayor.
Cabe tener presente que la Ilustre Municipalidad de la Reina interpuso una acción de protección en contra del Servicio Nacional del Adulto Mayor, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el cierre del hogar Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores La Reina, donde se encuentran 41 adultos mayores vecinos de dicha comuna, estimando que este acto vulnera la garantía constitucional del artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la acción interpuesta, toda vez que a juicio de la Corte no se puede calificar la medida adoptada como arbitraria o ilegal, toda vez que obedece a lo manifestado en la cuenta pública, por el Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad, (CONAPRAN) administrador de los centros de larga estadía para adultos mayores vulnerables, a lo largo del país.
Hace presente lo informado por el CONAPRAN en la cuenta pública, acerca del cierre de varios de sus establecimientos de larga estadía para adultos mayores a lo largo del país, debido a que la Ley de Presupuestos para el año 2024, dispuso una rebaja del 69% de los recursos que se entregaban para el funcionamiento de los doce centros para adultos mayores. La falta de recursos para mantener en buenas condiciones de funcionamiento al Centro de adulto mayor de la Reina, es el motivo real que obligó a la recurrida a adoptar esta medida.
Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la confirmó.