Corte Suprema confirma rechazo de recurso de protección de ex Carabineros por baja disciplinaria

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El tribunal sostuvo que la acción intentaba reimpugnar los mismos hechos y la misma baja disciplinaria ya revisada en instancias previas, esta vez mediante un recurso dirigido contra la Contralora.

La Corte Suprema, Rol N° 42.168-2025, confirmó el 28 de noviembre de 2025 la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la acción deducida por un ex Cabo 1° de Carabineros contra la Contralora General de la República, a propósito de su baja por conducta mala con efectos inmediatos.

El ex funcionario policial ingresó a Carabineros en 2010 y, al momento de su baja, registraba ocho años de servicio efectivo en distintas comisarías de la Región Metropolitana. El conflicto se origina en hechos ocurridos el 9 de mayo de 2019, cuando, según el sumario, fue sorprendido por el mando a través de cámaras de la 47ª Comisaría “Los Domínicos” propinando un golpe de mano en el rostro de un detenido esposado por conducción en estado de ebriedad, que se resistía a la toma del examen de alcoholemia.

Con base en estos antecedentes, la Prefectura “Santiago Andes” aplicó la medida disciplinaria de “baja por conducta mala con efectos inmediatos”, en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 127 N° 4 inciso quinto del Reglamento de Selección y Ascensos de Carabineros N° 8, en relación con el artículo 23 N° 2 letra e) y las faltas del artículo 22 N° 3 letra a) y N° 5 del Reglamento de Disciplina N° 11.

Agotada la vía interna, el recurrente accionó ante la Contraloría General de la República mediante reclamo del artículo 160 de la Ley N° 18.834, el que fue desestimado por el Oficio N° E569.594 de 22 de noviembre de 2024, luego de analizar el sumario y las actuaciones de Carabineros a la luz de los artículos 98 y 99 de la Constitución y de la Ley N° 10.336 sobre la Contraloría. Frente a ello, el ex funcionario presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, alegando infracciones a la presunción de inocencia, al debido proceso y a la igual protección de la ley.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la acción el 26 de septiembre de 2025, decisión ahora confirmada por la Corte Suprema en los mismos términos. Primero, el tribunal constata que, pese a dirigirse formalmente contra el oficio de la Contraloría, el recurso de protección busca en realidad dejar sin efecto la baja por conducta mala decretada por Carabineros, de modo que el agravio principal no deriva del acto de la entidad de control sino de resoluciones disciplinarias ya ejecutoriadas.

Segundo, la Corte destaca que el propio recurrente había deducido anteriormente un recurso de protección contra Carabineros de Chile (Rol N° 15.431-2023), impugnando la misma baja disciplinaria. Esa acción fue declarada inadmisible y tal criterio fue confirmado por la Corte Suprema (Rol N° 243.501-2023), que señaló que la alegación sobre la efectividad de los hechos que motivaron la destitución exigía un procedimiento de lato conocimiento y no la vía cautelar del artículo 20 de la Constitución. La nueva acción intenta reabrir el debate sobre idénticos hechos y sanciones, ahora mediante un recurso dirigido contra la Contralora, lo que lleva al tribunal a desestimar el intento de reconfigurar la controversia a través de la tutela constitucional.

A mayor abundamiento, la sentencia revisa el procedimiento disciplinario descartando ilegalidad o arbitrariedad. Se recuerda que el sumario fue instruido por Carabineros a partir de hechos considerados graves, documentados a través de cámaras de seguridad, y que la baja inmediata se fundó en el artículo 127 N° 4 inciso quinto del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros.

En paralelo, la Corte descarta ilegalidad o arbitrariedad en el actuar de la Contraloría, señalando que el órgano se limitó a ejercer la competencia que le otorgan el artículo 160 de la Ley N° 18.834, los artículos 98 y 99 de la Constitución y los artículos 1°, 5°, 6° y 9° de la Ley N° 10.336, al revisar la legalidad del procedimiento disciplinario sin reemplazar la ponderación de mérito propia de la autoridad administrativa.

Corte Suprema Rol N° 42.168-2025
Corte de Apelaciones de Santiago

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